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CONTROL Y SEGUIMIENTO

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ASESORÍA

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Constitución de la Comunidad

Constitución de la Comunidad

1. Acta de constitución de la Finca.

2. Tramitación y obtención del CIF., legalización del libro de Actas, redacción de normas de régimen interno y/o estatutos. 

3. Altas en Seguridad Social, contratación de empleados, asesoramiento laboral…

4. Tramitación de permisos municipales (Licencias de instalación, permisos de obras, badenes de garaje, placas), altas en suministros de agua, electricidad, apertura de cuenta corriente.

5. Estudios presupuestarios y otros (ver "Administración e Información contable").

6. Revisiones y gestiones legales con la empresa constructora o promotora.

Copias de Actas

Copias de Actas

Copias de Actas: Dogar entregará a cada propietario una copia de cada acta correspondiente a las reuniones o Juntas Generales celebradas por la Comunidad, en el plazo máximo de nueve días a partir de su celebración.

Asesoría laboral

Asesoría laboral

CONTRATOS Personal laboral a cargo de la Comunidad, tanto ordinarios como suplentes para cubrir vacaciones o bajas.

SELECCIÓN DE PERSONAL: Selección combinada con la Junta de Propietarios, negociaciones con el personal.

Confección de nóminas, liquidación seguridad social e irpf, Certifiaciones de empresa.

Asesoramiento inmobiliario

Asesoramiento inmobiliario

Referido a temas de Propiedad Horizontal con respecto a la Comunidad de Propietarios. 

Supresión de barreras arquitectónicas.

Creacion o supresión de servicios.

Expedición de certificados de estar al corriente de deudas con la Comunidad para la venta de viviendas.

Actuaciones en Juzgados

Actuaciones en Juzgados

Intervenciones en Juzgados  (tarifa mínima del Colegio de Abogados).

Reclamacion de vicios ocultos o defectos de la construcción en periodo de garantía decenal.

Reclamación de daños a terceros.

Certificaciones de actas, deudas y Presencia en calidad de secretario del inmueble (sin coste adicional)

Alquileres

Alquileres

Estudios y contratos de arrendamiento de zonas comunes (huecos libres de Garajes, pisos portería u otras propiedades susceptibles de arrendar), a terceros, incluyendo alta en censos de IVA.

CONTROL DE IMPAGADOS Y MOROSOS

CONTROL DE IMPAGADOS Y MOROSOS

Qué ocurre tras un impago

Dogar reclama por escrito y verbalmente, de forma inmediata tras la devolución y en los 3 meses sucesivos, al propietario en cuestión; Dogar publica las deudas en la información contable (cumpliendo la LOPD y dando la oportunidad al deudor de saldar su deuda previamente a la publicación de la situación).

Cuando el impago se convierte en morosidad:

Dogar, previo acuerdo en Junta General de la reclamación de la deuda actualizada, inicia un procedimiento monitorio en el juzgado, (reforma LPH), con COSTE CERO, para la finca ya que no interviene Procurador ni Abogado. A la deuda reclamada se sumarán los gastos de devolución, incluso los gastos de reclamación habidos hasta la fecha (burofax, certificaciones, etc.)

Cuando la Morosidad se convierte en dudoso cobro:

Una vez realizadas todas las actuaciones anteriores y sólo en caso de no haber obtenido resultados, Dogar iniciaría una demanda ejecutiva de reclamación de cantidad (menor cuantía), con la intervención de Procurador y Abogado. La comunidad debe realizar el adelanto (provisión de fondos) cuya cuantía se incorporará a la demanda y será recuperada al 100 % en el momento del cobro por la vía judicial.

DOGAR ha sido lider en Zaragoza en la obtención de firmas para la iniciativa popular de Reforma de la Ley contra la morosidad en las Comunidades de Propietarios.

FISCALIDAD

FISCALIDAD

IRPF: de los trabajadores a cargo de la Comunidad, liquidación trimestral de Impuestos y resumen anual.

ALQUILERES: Liquidación trimestral de IVA en caso de arrendamientos de garajes y locales comunitarios. Confección del impreso 184 con relación de propietarios y coeficientes con los rendimientos obtenidos de dichos alquileres. Emisión de certificados personales a todos los propietarios para su declaración de la renta.

PERSONAL AUTÓNOMO que realice trabajos para la finca: Retención del 1% de aquellas empresas o autónomos en régimen fiscal de módulos y liquidación trimestral en Hacienda así como resumen anual.

PROFESIONALES: Retención en pago de facturas por honorarios de profesionales y liquidación trimestral en Hacienda ásí como su resumen anual. 

CERTIFICACIÓN DE OBRAS DEDUCIBLES EN RENTA en la Comunidad: Con deducción fiscal mediante certificado pesonal a cada propietario para la incorporación en sus correspondientes declaraciones de renta.

347 OPERACIONES CON TERCEROS SUPERIORES A 3.000 € : Obligación de presentación desde 2014 con independencia de que la Comunidad tenga o no propiedades arrendadas.

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